El día de hoy con fecha 21 de noviembre de 2017 se ha publicado en el diario oficial El Peruano la Instrucción General N° 1-2017-MP-FN "Actuación fiscal en el proceso especial de Colaboración Eficaz". Es práctica común que el Fiscal de la Nación conforme a su competencia emita directivas, guías entre otros instrumentos de gestión para dar lineamientos generales con la finalidad de mejorar o dotar de eficiencia a la labor fiscal. No obstante conforme al Nuevo Código Procesal Penal (2004) vigente a partir del 1 de julio de 2006, el Fiscal de la Nación puede dar instrucciones para dar lineamientos generales para mejorar o dotar de eficiencia a la labor fiscal (artículos 69 y 135 inciso 2 del Nuevo Código Procesal Penal), constituyendo el presente el primer instructivo general del Ministerio Público. REVISAR INSTRUCTIVO GENERAL: Instructiva de Colaboración eficaz
El proceso especial de Colaboración Eficaz
La Colaboración eficaz es una herramienta fundamental para investigaciones de organizaciones criminales y delitos graves, esto es así porque "el crimen organizado puede ser afectado o destruido desde dentro con la introducción de medidas disuasivas o de recompensas. En el caso de corrupción, tráfico ilícito de drogas, tráfico de personas, delitos contra la humanidad, entre otros, tales medios tienen singular importancia, aunque quien no está informado pudiera pensar, en una lectura inicial, que es un contrasentido premiar a quienes han delinquido. En esta perspectiva, Rose-Ackerman ha señalado la necesidad de los beneficios o retribuciones (a la par de otros métodos disuasivos) y expresa que el «[...] éxito en la detección de hechos de corrupción depende de quienes poseen información denuncien las infracciones. Para ello, los funcionarios directivos suelen tener que prometer indulgencia a alguno de los implicados. Esto da lugar a una importante paradoja en la tarea de hacer cumplir la ley: aunque la posibilidad de castigos severos debería desalentar la corrupción, una alta probabilidad de detección solo puede lograrse si se prometen sanciones leves a algunos implicados".
En la legislación nacional, mediante Decreto Legislativo N° 1301 de fecha 30 de diciembre se ha modificado el Nuevo Código Procesal Penal (2004) para dotar de eficacia al proceso especial por colaboración eficaz y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2017-JUS
Derecho Penal Premial
Se entiende por Derecho Penal Premial a la política estatal que busca otorgar un beneficio penal al imputado siempre y cuando colabore con la justicia o se acoja a procesos especiales o procedimientos de simplificación procesal.
Al respecto Bramont-Arias Torres señala como manifestación del derecho penal premial “a la reducción, exención o remisión de la pena de un inculpado que colaboró con la justicia penal en el descubrimiento y esclarecimiento de los hechos ilícitos”
En este contexto, los Estados con fines de política criminal han utilizado diversas herramientas para esclarecer los delitos más complejos y graves, utilizando sujetos perseguidos penalmente de la propia organización criminal, estableciéndose grados de "compensaciones" o "premios" las mismas que deben ser afines a la proporcionalidad de la colaboración. En consecuencia, el proceso especial de colaboración eficaz se fundamenta en "un sistema de estímulos en la cooperación con la autoridad encargada de la persecución penal para lograr una mayor eficacia en la represión de ciertos delitos" siendo expresión del denominado Derecho Penal Premial.
En el derecho comparado también se ha reconocido de esta manera como “ I Pentiti” (Italia), “Arrepentido” (Argentina, Alemania, Francia, Luxemburgo, Perú y España) “Colaborador Eficaz” (Chile, Perú y Colombia) o simplemente “Colaborador” (Bolivia).
BIBLIOGRAFÍA
BRAMONT-ARIAS TORRES, Luis Alberto, "Arrepentimiento y colaboración eficaz La importancia de la manifestación de coinculpado colaborador en el proceso penal"; Lima, Perú 2005.
SALAZAR CÁDIZ, Andrés, "La Cooperación Eficaz", disponible en http://www.fiscaliadechile.cl/observatoriodrogaschile/documentos/publicaciones/articulo_22_ley_20000_cooperacion_eficaz_AS.pdf
SÁNCHEZ VELARDE, Pablo, "Criminalidad organizada y procedimiento penal: la colaboración eficaz", La Reforma del Proceso Penal Peruano Anuario de Derecho Penal 2004.
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