El día de hoy se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Resolución N° 3259-2016-MP-FN de la Fiscalía de la Nación donde se aprueba la Directiva N° 004-2016-MP-FN “Plazo para requerir la elevación de actuados contra la disposición fiscal de archivo o de reserva provisional de la investigación”, por lo que, el plazo que tiene el agraviado o denunciante para impugnar es de cinco (5) días hábiles de notificada válidamente la Disposición Fiscal.
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